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DIFERENCIAS ENTRE PERSONA COMÚN

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DIFERENCIAS ENTRE PERSONA COMÚN Y COMERCIANTE

a.      El Comerciante emite facturas por  los ingresos que percibe, y la persona común no.

b.      El Comerciante está inscrito como tal en el Registro Mercantil y en la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), y la persona común no.

c.    El comerciante tiene una anotación en su cedula de vecindad que lo acredita como tal, y la persona común no.

d.      El comerciante lleva su contabilidad en libros habilitados por la SAT y autorizados por el Registro Mercantil y la persona común no.

e.      El comerciante tiene dinero invertido en mercadería o materias primas y la persona común no.

REQUISITOS LEGALES PARA SER COMERCIANTE INDIVIDUAL

a)     Ser mayor de edad.

b)     Encontrarse en el libre ejercicio de sus derechos civiles.

c)      Tener capacidad para contratar y obligarse.

d)    Tener un capital de dos mil quetzales o más.

e)     Solicitar su inscripción en el Registro Mercantil.

f)       Solicitar su inscripción en la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT).

 REQUISITOS QUE DEBE LLENAR UN COMERCIANTE INDIVIDUAL PARA INSCRIBIRSE EN EL REGISTRO MERCANTIL

1º. Nombres y apellidos completos, edad, estado civil, nacionalidad, domicilio y dirección.

2º. Actividad a que se dedica.

3º. Régimen económico de su matrimonio, si fuere casado o unido de hecho.

4º. Nombre de su empresa y sus establecimientos y sus direcciones.

5º. Fecha en que haya dado principio su actividad mercantil. 

REQUISITOS LEGALES PARA INSCRIBIR UNA EMPRESA O ESTABLECIMIENTO COMERCIAL.

ANTE EL REGISTRO MERCANTIL.

a.      Nombre de la empresa o establecimiento.

b.      Nombre del propietario y número de su registro como comerciante.

c.       Dirección de la empresa o establecimiento.

d.      Objeto

e.      Nombre de los administradores o factores.

f.        F12 (descargar)

INSCRIPCIÓN DE UN COMERCIANTE INDIVIDUAL

 ANTE LA SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (SAT).

a)     Original y fotocopia de la cédula de vecindad o DPI.

b)     Original y fotocopia del pasaporte, si fuera extranjero;

c)      Original y fotocopia de la patente de comercio de empresa o certificación de inscripción en el Registro Mercantil.

d)     Si tuviera la calidad de exento, presentar fotocopia de la resolución o decreto que le de tal calidad.

e)     Llenados los requisitos y si todo esta correcto queda inscrito ante la SAT, seguidamente le entregan su Número de Identificación Tributaria (NIT) el cual debe usar para cualquier trámite ante las autoridades fiscales. Y debe llenar el F11 (descargar).

REQUISITOS LEGALES PARA INSCRIBIR UNA SOCIEDAD MERCANTIL EN EL REGISTRO MERCANTIL

a)     Llenar el formulario (F13 descargar) de solicitud de inscripción de sociedad mercantil y presentarlo al Registro Mercantil.

b)     Al formulario indicado en el inciso anterior debe acompañarse una foto copia autenticada del testimonio de la escritura de constitución de la sociedad.

c)      También debe acompañarse el comprobante de pago por el derecho de inscripción según arancel del Registro Mercantil. Este impuesto o derecho de inscripción es de Q. 275.00 más Q. 6.00 por cada Q. 1,000.00 de capital.

d)     Se publica un edicto en el diario oficial, para poner en conocimiento público la inscripción provisional de dicha sociedad.

e)     Ocho días después de la publicación, si no existiere oposición alguna, y si toda la documentación esta correcta, el Registrador Mercantil autoriza la inscripción definitiva de la sociedad, debiendo los interesados presentar los siguientes documentos.

e-1)  Fotocopia del nombramiento del representante legal, debidamente razonado por el Registro.

        e-2)  Testimonio de la escritura de constitución de la sociedad. 

e-3)   Entregar dos timbres fiscales uno de Q. 200.00 para adherírselo a la patente de comercio de sociedad y uno de Q. 50.00 para adherírselo a la patente de comercio de empresa.

 REQUISITOS LEGALES PARA INSCRIBIR UNA SOCIEDAD MERCANTIL EN LA SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (SAT)

a)     Original y fotocopia de la cédula de vecindad o DPI del representante legal.

b)     Original y fotocopia del pasaporte del representante legal, si fuera extranjero.

c)      Original y fotocopia de la patente de comercio de empresa, o en su defecto la certificación de inscripción provisional en el Registro Mercantil.

d)     Original y fotocopia de la patente de comercio de sociedad.

e)     Original y fotocopia del testimonio de la escritura pública de constitución de la sociedad o de las modificaciones o ampliaciones, si las hubiere.

f)       Original y fotocopia del nombramiento del representante legal de la sociedad debidamente inscrito en el Registro Mercantil, o en el registro Civil de acuerdo al caso.

g)     Si tuviera la calidad de exento, presentar fotocopia de la resolución o decreto que le da tal calidad, y los estatutos  debidamente aprobados por el Ministerio de Gobernación o ente autorizado.

REQUISITOS QUE DEBE LLENAR UN COMERCIANTE PARA INSCRIBIRSE EN EL RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL.

PARA COMERCIANTE INDIVIDUALES

a)     Fotocopia de la cédula de vecindad, o del pasaporte si es extranjero.

b)     Fotocopia de la constancia del número de identificación tributaria.

c)      Fotocopia de la patente de comercio de empresa.

d)     Constancia emitida por un contador indicando lo siguiente:

d-1) Fecha (día-mes-año) en que se ocupó el mínimo de trabajadores o más que obliga al patrono a inscribirse. 

d-2)Total de trabajadores con los cuales se dio la obligación en la fecha señalada. 

d-3)Monto devengado en salarios por el total de trabajadores indicados, en el periodo base de la inscripción.

 PARA SOCIEDADES MERCANTILES

a)     Fotocopia de la patente de comercio de sociedad. 

b)     Fotocopia de la escritura pública de constitución de sociedad. 

c)      Fotocopia de acta notarial de nombramiento legal, con anotación de inscripción en el Registro Mercantil. 

d)     Fotocopia de cedula de vecindad o DPI del representante legal, si es extranjero del pasaporte. 

e)     Fotocopia de constancia del Número de identificación tributaria (NIT) 

f)       Constancia emitida por un contador indicando lo siguiente: 

f-1)   Fecha (día- mes-año) en que se ocupó el mínimo de trabajadores o más que obliga al patrono a inscribirse. 

f-2)  Total de trabajadores con los cuales se dio la obligación en la fecha señalada. 

f-3)  Monto devengado en salario por el total de trabajadores indicados, en el periodo base de la inscripción.



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